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Cartas inéditas del Beato Padre Maestro Juan Ávila

Luis Jiménez de la Llave





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Entre las joyas de gran valor histórico y literario que encierra un abultado códice de mi propiedad, titulado Cartas de Varones ilustres, se cuentan dos cartas originales del B. P. M. Juan de Ávila, cuyos traslados he sacado, el de la primera en facsímile y el de la segunda en copia. Entiendo que al publicarse el texto hay que marcar los acentos, de los que está el original enteramente desprovisto, según costumbre de aquella época.

Desde Montilla, su residencia habitual, dirigió el santo y sabio autor estas cartas al Ilmo. Sr. D. Gómez Suárez de Figueroa, quinto conde y primer Duque de Feria.


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Montilla, 9 de Agosto ¿1561? Recomienda á cierto sujeto para el cargo de procurador y describe el estado de su propia salud, aquejada por los calores excesivos de la estación.

+

Ill.mo S.or

Esta escrivo por obra de la palabra de christo1: omni petenti tribue, por averme hecho compasión este hombre que de longe venit; et si dimisero eum sic, deficiet in via2. Viene á que suplique   —476→   V. S.rta le haga merced de una procuración, que diz que al dos vacas3. Si es digno de ella, yo recebiré merced en la que á él se hiciere; y sino, ni V. S.ria, lo hará ni yo lo suplico.

Por acá nos a exercitado el calor; que por quien se supiese aprovechar de él, ternía libro en que leer en parte qué será el purgatorio é infierno; yo me e purgado el otro día y ante de ayer sangrado. Paso mi destierro hasta que nuestro celestial Rey enbíe su cédula, de que es alçado y la saque como mejor aparajeda; que yo y muchos amadores de nuestro S.or desean esta merced; aora razonable anda. Christo sea con V. S.ria; y no le dexar andar solo, porque luego se perderá.

De mont(illa) 9 de ag.º
Siervo de V.ª Ill.ma S.ria
Joanes de avila



Para inteligencia de la carta siguiente bastará recordar, que D. Gómez Suárez de Figueroa sucedió en el condado de Feria á su hermano D. Pedro Fernández de Córdoba (<†> 1551), padre de Doña Catalina Fernández de Córdoba, marquesa de Priego, que en 1561 se casó con su tío D. Alonso Fernández de Córdoba y Aguilar, primer marqués de Villafranca. A su vez D. Gómez había contraído matrimonio con Doña Juana Dormer, dama de honor que fué de la reina de lnglaterra Doña María, hija de Enrique VIII. El niño de quien habla el Beato Juan de Ávila al pie de su carta, no creo fuese otro sino Lorenzo, que sucedió á su padre D. Gómez en el Estado de Feria.



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2

Montilla, 3 Octubre 1561. Notifica al conde de Feria el resultado que han tenido las instrucciones, dadas al comisionado Francisco Durán, portador de esta carta. Le exhorta á ser generoso y espléndido con su hermano D. Alonso, comprometiéndose, para el caso de heredar el marquesado de Priego por no dejar hijos la marquesa Doña Catalina, á no consentir que su propio hermano hoy sea marqués y mañana escudero pobre. Si en ello consiente, no habrá reparo para que él y la condesa sean padrinos de las bodas. En la postdata le avisa de un inconveniente que obsta al proyecto de arreglo, significándole una solución facilísima.

Ill.mo Señor.

A sido cosa tan pesada poner estos negocios en punto que se pudiesen llevar á V.ª S.ª que, aunque acá se a pasado el trabajo, huelgo mucho de que no aya estado V.ª S.ª presente á ello. El caso a sido que en las dudas, de que francisco durán truxo instructión y apuntamientos para que el licenciado negrón las determinase, no a avido ritravo4 ninguno, sino que se aceptó por todas partes su determinación; porque aviendo sido las partes oídas y llamado aquel letrado de común consentimiento, no ay por qué nadie más hable en ello; y así lo deve V.ª S.ª hazer.

Meneó aquel letrado otro punto, de el qual acá no pensamos, ni francisco durán traya instructión de él; y dió su sentencia sobre él. A la qual la S.ª marquesa se a asido, tanto que nadie a sido parte para la sacar de ello; aunque el S.or don alonso por su parte é yo por la mia lo emos asaz sudado. Yo e dicho que en aquel punto ninguno tenía comisión de V.ª S.ª para ponerlo en manos de aquel letrado, pues no avía memoria de acordarnos de él; la S.ª marquesa dize que, aunque en particular no se le dixo, que él fue llamado para concluyrlo todo, y que por esto se a de pasar por lo que dixo en aquel punto; y así lleban á V.ª S.ª la scriptura que hizo el letrado, y una instrucción de la S.ª marquesa;   —478→   en la qual me leyeron una palabra que yo dixe que no sabia tal, y es que dize que quando el letrado vino aquí le afirmaron los ministros de V.ª S.ª que pasaría por lo que negrón dixese. Si esto se dixo fué en lo que francisco durán traía comisión, en esotro no; así que en esto está V.ª S.ª libre para pasar ó no por ello.

Ya le parecerá largo á V.ª S.ª el no dezirle qual es el punto; y cierto que a lo que de V.ª S.ª siento, y así lo e dicho acá, mucho nos a de ofrecer por su gracia que acá le piden por justicia; por que el caso de que se habla es que si V.ª S.ª viniere á heredar esta casa, qué a de haver entonces con el S.r don alonso su hermano. Yo digo, que le dará V.ª S.ª la media Capa; pues no a de consentir que su hermano, que tanto quiere, oy sea Marqués y mañana escudero pobre; y por esto e dicho que abrevien la llevada del negocio allá, y que en esto está su buen despacho: y así me parece que después de haver V.ª S.ª informádose del punto de la capitulación sobre que se trata, como francisco darán dirá, aora se entienda así ó así, V.ª S.ª sea largo en ofrecer lo que le piden, diziendo que lo ofrece con condición que sea para su hermano é parte para la dispusición de la S.ª d. Cat.ª5; de lo qual dará francisco durán más particular razón. Lo que yo suplico es, que todo el provecho y honrra que en tal caso V.ª S.ª pueda darle se lo dé, y desde aora lo ofresca porque será cosa á Dios agradable y á los ojos de los que lo vieren; y creo que con esto acabaremos de vencer el coraçón de la S.ª marquesa, para que reciba en su gracia á V.ª S.ª Así que los otros dias diziéndole yo como el S.or don alonso dezía y deseava que V.ª S.ª y la S.ª condesa fuesen padrinos á sus bodas, lo echó la S.ª marquesa por alto y lo estrañó mucho; mas bien entiende que acabados estos dos negocios emos todos de dar sobre ella para acabar lo que todos deseamos; y como digo, la largueza de V.ª S.ª para aquel caso, si sucediere, entiendo será mucha parte para lo acabar. Plega á nuestro Señor de lo tomar con su mano para que nadie lo resista, y tener á V.ª S.ª en pie entre tantos peligros, como en este destierro   —479→   ay, para que viva vida meritoria de la eterna, y muera en paz en el Señor. A la ill.ma S.ª condesa beso las manos; y al niño guarde Dios de pesar, cuando pueda haverlo.

De Montilla, 3 de otubre.

Siervo de V. ill.ma S.ª
Joanes de avila.

Un inconveniente ay, que es que se carga mucho el estado de feria. Creo aceptarían acá que se pasasen las cargas á este.



En el dorso = + -Montilla- 1561 -El mro. Avila. á 3 de otubre - recebida á 4 de noviembre con fran.co duran - resp.da.







Talavera de la Reina, 15 de Abril de 1891.



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