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El poder y las instrucciones de Juan Remón llevan las fechas de 26 y 27 de abril, y están publicadas en el libro del cabildo de Santiago, en acuerdos de 6 y de 29 de mayo de 1557. En algunas crónicas antiguas, en Diego Fernández, en Herrera y en Garcilaso, se llama Ramón a este capitán. Al nombrarlo Remón, sigo los documentos en que aparece su propia firma. El capitán Juan Remón era un oficial muy reputado por sus servicios en las guerras civiles del Perú.

 

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Carta al Rey de los oficiales reales de Santiago, de 6 de diciembre de 1559. Este precioso documento, inédito hasta ahora, de que tomé copia en el Archivo de Indias, aunque contraído principalmente a los negocios relacionados con la administración de la real hacienda, da mucha luz sobre el gobierno de don García, y tendré que citarlo repetidas veces en las páginas siguientes.

El acta de acusación de don García, en el juicio de residencia que se le siguió en 1562, refiere estos hechos con accidentes y colorido que no carecen de interés. Dice así: «3 Ítem. Se le hace cargo al dicho don García que estando esta ciudad quieta y pacífica y esperándole para le recibir, envió a esta ciudad de Santiago con gran alboroto al capitán Juan Remón con muchos arcabuceros y alabarderos, y le dio su poder para que en su nombre se recibiese por Gobernador y le mandó y dio por instrucción que así con mano y gente armada entrase en esta ciudad en el Cabildo, y tomase las varas y al mariscal Francisco de Villagrán que a la sazón era corregidor y justicia mayor en este reino por Su Majestad, y a los alcaldes ordinarios de ella. Y así el dicho Juan Remón entró con mano armada y se hizo recibir por fuerza estando las mechas de veinte arcabuces encendidas dentro del aposento del Cabildo, de tal manera que caían las pavesas de las mechas encendidas sobre el libro y mesa del Cabildo, y así tomó las varas al dicho corregidor y las de los alcaldes así por comisión del dicho don García, en todo lo que hubo gran escándalo y alboroto».

 

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Cuenta esta anécdota la crónica de Mariño de Lobera, en el citado cap. 2. El doctor Suárez de Figueroa, al pasarla a su libro, pone esas palabras en boca de Aguirre, ampliándolas en forma de uno de esos discursos sentenciosos y retóricos a que eran tan aficionados los historiadores españoles de los siglos XVI y XVII, pero que pecan no sólo contra la verdad sino contra la verosimilitud.

 

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La prisión y extrañamiento de los generales Aguirre y Villagrán eran de tal manera injustos que fueron generalmente condenados por los contemporáneos. El Rey mismo desaprobó esta medida, como lo veremos más adelante. Algunos antiguos historiadores la han censurado con franqueza, como puede verse en la obra tantas veces citada del cronista real Antonio de Herrera, que cierra con estos hechos las noticias concernientes a Chile que allí ha consignado.

Sin embargo, los panegiristas de don García han tratado de justificarlo agrupando incidentes de sospechosa autenticidad para probar que había razón para desconfiar de la lealtad de ambos generales o, alegando, como lo hace Suárez de Figueroa, los principios de «buen gobierno», que no puede detenerse ante consideraciones. El jesuita Escobar, que revisaba y rehacía esta parte de la crónica de Mariño de Lobera bajo los auspicios del mismo don García, ha buscado, además, una razón de moralidad, diciendo que se quería enviar a los dos generales a España para que se reuniesen a sus mujeres, como quería hacerlo el Rey con todos sus súbditos de América. Esta explicación singular está fundada en un hecho falso. En 27 de noviembre de 1553, por provisión expedida en Valladolid por el príncipe don Felipe, se había dado permiso a «doña María de Torres, mujer de Francisco de Aguirre, para pasar a Chile a juntarse con su marido, con dos hijas doncellas y un hijo, eximiéndola del derecho de almojarifazgo, por los objetos que llevase hasta la suma de 1.500 ducados». Se la autorizó, además, para sacar joyas de oro labrado, cadenas, botones y otras cosas para ella y para sus hijas hasta el valor de 1.500 pesos, debiendo sí pagar derechos por esto último.

El capitán encargado de la custodia de los generales Aguirre y Villagrán, Pedro de Lisperguer, era alemán de Worms, y fue fundador de una familia muy influyente en Chile en el siglo XVII. En el libro en que se tomaba razón de las provisiones reales, encontré esta partida referente a su persona: «Valladolid, enero 14 de 1554. El Rey da licencia a Pedro Lisperguer, alemán, para que pase al Perú y a Chile, y para que lleve para servicio de su persona y criados seis cotas de malla con sus mangas y caraqueses y morriones y guantes, y seis coseletes, y quince arcabuces, y treinta hierros de lanzas con sus astas, y diez ballestas, y doce hierros de templones y partesanas con sus astas y cuatro docenas de espadas, y seis rodelas y dos adargas y seis sillas jinetas, y cuatro de la brida, sin que en ellos os sea puesto impedimento alguno».

El rigor sistemático de don García para con los generales Aguirre y Villagrán se habría hecho extensivo a los amigos y parciales de éstos si hubieran dado algunas muestras de simpatía por ellos. Aun sin este antecedente, el capitán Pedro de Villagrán, el defensor de la Imperial, habría sido seguramente alejado de Chile como primo hermano del corregidor. Pero ese capitán, calculando quizá que podría ser víctima de persecuciones del nuevo Gobernador, se había trasladado poco antes al Perú, y permaneció allí todo el gobierno de Hurtado de Mendoza. Sólo volvió a Chile en 1561.

 

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El cabildo de Santiago, en carta dirigida al Rey en 30 de agosto de 1567 para darle cuenta de los esfuerzos y sacrificios hechos por la ciudad y sus vecinos para servir en la guerra de Arauco, le dice lo siguiente: «Venido que fue el gobernador don García de Mendoza a estas provincias, salieron de esta ciudad al pie de trescientos hombres y todos los más vecinos de ella, a la pacificación y guerra de los indios de Arauco y Tucapel, en la cual jornada gastamos suma de pesos de oro». Entre los encomenderos que entonces salieron de Santiago para la guerra del sur, figuraban: Rodrigo de Quiroga, Alonso de Escobar, Francisco de Riberos, Diego García de Cáceres, Pedro de Miranda y Juan Godínez, fuera de otros muchos capitanes que antes de la rebelión de los indios habían tenido sus encomiendas en la región del sur.

 

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Parece que el marqués de Cañete estaba sinceramente convencido de que no se podía gobernar bien el Perú sujetándose a las leyes y ordenanzas dictadas por la Corona, y que creyendo servir mejor al Rey, estaba siempre resuelto a hacer lo que en conciencia hallaba bueno, sin someterse a fórmulas legales. Cuenta el inca Garcilaso de la Vega que habiéndosele representado en una ocasión que uno de sus actos podía dar lugar a que los perjudicados concurriesen al Rey, y a que éste los oyese y reprobase su conducta, el Virrey contestó: «Un año han de gastar en ir, y otro en negociar y otro en volver; y cuando traigan en su favor las provisiones que quisieren, con besarlas y ponerlas sobre mi cabeza y decir que las obedezco y que el cumplimiento de ellas no ha lugar, les pagaré. Y cuando vuelvan por sobrecartas, y las traigan, habrán gastado otros tres años; y de aquí a seis, Dios sabe lo que habrá». Comentarios reales del Perú, lib. VIII, cap. 7. La anécdota puede ser inventada, pero el hecho que ella explica era verdadero.

 

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Carta citada de los oficiales reales de 6 de diciembre de 1559. Los tres funcionarios que desempeñaban estos cargos en 1557, a la época del arribo a Chile de Hurtado de Mendoza, eran: Juan Núñez de Vargas, tesorero; Rodrigo de Vega Sarmiento, factor y veedor y Arnao Segarra, contador. Todos habían venido de España con nombramiento dado por el Rey. El tesorero Vargas fue desterrado al Perú por orden de don García, interpuso sus quejas en Lima ante el Virrey, y no obtuvo la reparación que solicitaba. De estos tres funcionarios, sólo el contador Segarra volvió al desempeño de su cargo, y como tal firmó la carta al Rey que contiene estas noticias, y que en realidad es una acta de acusación contra el gobierno de don García. Todos estos hechos constan, además, en el proceso de residencia de este último.

Jerónimo de Villegas, cuya conducta funcionaria en la administración del tesoro dio lugar a los incidentes de que hablaremos más adelante, era un militar de cierto renombre en las guerras civiles del Perú, que le habían ocasionado no pequeñas amarguras. El historiador Diego Fernández cuenta el siguiente suceso ocurrido en el Cuzco en 1547, que pinta los horrores de esas luchas: «Dijeron a Gonzalo Pizarro que doña María Calderón, mujer del capitán Jerónimo de Villegas, hablaba mucho y que decía que muchas más victorias (que Gonzalo Pizarro) habían alcanzado los romanos, y que al fin se habían perdido y que mucho mejor se perderían los que eran tiranos y contra su Rey. Por lo cual fue Francisco de Carvajal una mañana a su casa, y estando ella en la cama, le dijo: 'Señora comadre (porque a la verdad lo era), ¿no sabe cómo la vengo a dar garrote?' Ella pensó que se burlaba con ella, y le dijo que era un borracho, y que ni aun de burlas quería que se lo dijese, y que se fuese con el Diablo. Finalmente, Carvajal hizo que dos negros la ahogasen, y así muerta la hizo colgar con una soga de su misma ventana». Historia del Perú, par. I, lib. II, cap. 81, fol. 127.

 

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Constan estos hechos del proceso de residencia de don García.

 

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Suárez de Figueroa, lib. I, p. 26 de la segunda edición. Esta pena se aplicaba en la plaza pública, en el rollo o picota de la ciudad. El verdugo clavaba allí la mano del reo, y éste permanecía algún tiempo en esa actitud a la vista del pueblo.

El hecho contado por Suárez de Figueroa es cierto; pero conviene saber cómo lo explican los adversarios de don García. He aquí lo que dice el acta de la acusación del proceso de residencia: «148 Ítem. Se le hace cargo al dicho don García que no otorgaba las apelaciones, que daba y ejecutaba los autos en que sin embargo de las dichas apelaciones se ejecutase lo que él mandase, y así lo hizo en el pleito de Gonzalo Guiral, que no queriendo el licenciado Santillán, su teniente, sentenciar el pleito porque no había justicia para condenar al dicho Gonzalo Guiral, le tomó la causa y lo sentenció el dicho don García a enclavarle la mano y en destierro de todo el reino porque había habido ciertas palabras con un paje muy niño del dicho don García, que no había ochos años, y le dio un bofetón como a un niño, porque no le dejó entrar por la puerta a hablar al dicho don García. Y ejecutó la sentencia sin embargo de la apelación. Y por que callase le dio doscientos pesos de la caja real de La Serena, de manera que lo pagó la hacienda real de Su Majestad el agravio que él hizo».

Y en otra parte del mismo proceso se lee lo que sigue: «51 Ítem. Se le hace cargo al dicho don García que dio otra libranza de doscientos pesos a Gonzalo Guiral, el cual los recibió de la caja real, porque habiéndole condenado a enclavar la mano y en destierro de este reino, y habiéndole ejecutado la sentencia, sin embargo de la apelación que interpuso, por que callase y se fuese, le dio de la hacienda de Su Majestad los doscientos pesos, por manera que lo pagase todo la hacienda y patrimonio real de Su Majestad».

El licenciado Juan de Herrera, en la sentencia que dio en Valdivia el 10 de febrero de 1562, condenó a don García a devolver a la caja real los doscientos pesos y a pagar, además, al tesoro una multa de cincuenta marcos de plata por la injusticia cometida.

 

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Crónica de Mariño de Lobera, cap. 2. El mismo hecho ha sido contado por Suárez de Figueroa, y celebrado por el poeta Pedro de Oña en su Arauco domado, canto III, quien dice en la estrofa 40 que el sacerdote pasó por encima de don García.


«Tratando con el pie su cuerpo humano
pues el de Dios trataba con la mano».



En 1557 la fiesta de Corpus cayó en 17 de junio. Es posible, sin embargo, que don García la hiciese adelantar al día de San Bernabé, 11 de junio, por estar ya de partida para el sur.