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1

AHPC. PNDM. Pedro Gómez Moreno. Legajo 8035 fo. 163-168. Salvo que hagamos una cita expresa, todas las que hagamos referidas a esta capilla en este capítulo, se refieren a esta escritura.



 

2

AHPDM. Hijuelas. «Por una cláusula de dicho Testamentto, sé rrelaciona dijo dicho Testador tenía Yntención de tomar Capilla y entierro en la Yglesia que se estaba fabricando en dicho Convento de esta Villa, y que para ello se eligiese la Capilla de Señor Santo Domingo, para que en dicho entierro se sepultasen los poseedores del Binculo que gozava [...] y que dicha Capilla, dándola acavada el referido Conventto, el poseedor de dicho Mayorazgo lo ha de adornar y mantener de todo lo necesario, y poner escudo, a que se le ha de poder Apremiar, y dicho Conventto ha de tener este cuidado, obligándose a cumplir lo que sea de su obligación según dejaba dispuesto».



 

3

ACC. Libro de Memorias Perpetuas dotadas y fundadas ... fol. 83 r: «Se le donó por el Convento la Capilla de Nro. Pe Sto. Domingo con sepultura para el, sus descendientes y las personas que el Patrón quisiese, con obligación de mantener perpetuamente el Altar de Manteles, candeleros, atril, cruz, ara y velo, y poner un frontal y grada de jaspe; y a mas de esto entrego un mil y cien reales de vellón, e impuso una Memoria de Missa Cantada con Responso en el día de Todos los Santos, poniendo el Convento la Cruz Alta y dos Hachas sobre su sepulcro, y la dotó con quince reales sobre seis zelemines y medio de olivar, inmediatos a la Hermita de Sta. Catalina. Y el Convento se obligo a mantener a su costa la lampara, que esta en dicha Capilla y concedió a este Dn Juan Santos y los suyos escaño con tapa y llave en el sitio inmediato al Altar».



 

4

APDM. Hijuelas.



 

5

Cubero Cubero, M.: La Parroquia de Nuestra Señora de Consolación (II). En El Defensor de Córdoba. 29 septiembre 1932.



 

6

APDM. Hijuelas. «dejando a estte la pensión y obligación de hacer un retablo de madera para la Capilla del Señor Santo Domingo, correspondiente al que se hiciera en la Capilla de Señor San Pedro Mártir».



 

7

AHPC. PNDM. Mateo Gómez Moreno 1746 Legajo 8037, fol. 164 r y v.






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