Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.
Anterior Indice Siguiente





––––––––   27   ––––––––


ArribaAbajoÍtem si sabe...: el testigo morisco en los pleitos civiles castellanos31

Mercedes Abad Merino



Dpto. Lengua Española y Lingüística General. Univ. Murcia

Juan Francisco Jiménez Alcázar



Dpto. Preh., Arqueolog., H.ª Antigua e H.ª Medieval. Univ. Murcia

Es un recurso muy repetido y que goza de gran éxito en las diferentes investigaciones, la alusión a la imagen que el morisco, en abstracto, proyectaba a lo largo del siglo XVI entre sus coetáneos, principalmente cristiano-viejos, tanto en Castilla como en Aragón32. Pero casi siempre, estos puntos de partida se realizan tras el decreto de Conversión general para Castilla (1502), o el concerniente a la Corona catalano-aragonesa (1526), y, con fortuna, mencionando precedentes mudéjares muy inmediatos.

En realidad, esa configuración ideográfica, tanto mental como escrita, es mucho más compleja, ya que intervienen de forma directa elementos diversos de procedencia anterior. La formación de esos prototipos -atendiendo a que incluso se correspondía con modelos que regulaban la conducta de la mayoría cristiana vieja- procede, principalmente, de la acumulación de factores a lo largo de las muchas décadas de enfrentamiento y connivencia en el escenario de la frontera, siendo la etapa mudéjar un eslabón en esa cadena. La visión generalizada en torno al morisco, la imagen, en definitiva, del moro33, fue el fruto de un largo período de temor, odio, desconfianza y desprecio. Y lo que es más: fue mucho más benigna y menos extrema mientras estuvo presente el poder nazarí. La existencia de la represalia, especialmente

––––––––   28   ––––––––

en las zonas más fronterizas, fue un ingrediente muy propicio para que se generaran y establecieran los modelos prototípicos que, con tanto éxito, se difundieron de aquellos musulmanes. Si en las conquistas del siglo XII y sobre todo del XIII, los mudéjares quedaron integrados en una idea de monarquía feudal, la caída de la Alhambra a finales del siglo XV incorporó a un grupo minoritario en Castilla pero mayoritario en el reino recién conquistado; y lo hizo con unas premisas muy diferentes a las de siglos anteriores, ya que ni el Estado pretendía los mismos fines, ni la Corona tampoco, y mucho menos la sociedad imperante34. Aquellos mudéjares sólo disfrutaron de su capitulación de modelo medieval unos pocos años, según el momento de su entrega: la clave está en que se trataba de un grupo vencido, puesto a los pies de una mayoría vencedora que no contemplaba del todo segura la permanencia, por otra parte necesaria, de esos musulmanes. La conversión forzada no hizo sino perfeccionar el prototipo de ese morisco de principios del siglo XVI. Ya no sólo eran temidos y despreciados, sino que debido a su condición de derrotados quedaban convertidos en poco fiables: es decir, en potenciales traidores. Para los eclesiásticos castellanos los moriscos no habían dejado de profesar su religión tras el bautismo forzado, y éste era un pensamiento generalizado para el conjunto de los cristianoviejos; por ello, el nuevamente convertido era por definición un hipócrita escasamente útil para actuar como testigo en cualquier pleito. La obligada necesidad de su presencia en los procesos forzó la superación de esa desconfianza, aunque no desapareció en absoluto.

Es muy importante este hecho y hay que entenderlo así, ya que la idiosincrasia del pueblo vencedor marcó notablemente la visión que se tuvo con posterioridad. La prueba la tenemos en la mismísima aristocracia nazarí, que asimiló en cuanto pudo los modelos de comportamiento castellanos, casando incluso con linajes principales, y asumiendo los hechos victoriosos de los vencedores. El caso de los Granada Venegas es paradigmático35, entre otros, porque se sumó tras la capitulación pertinente con los Reyes Católicos a la lista de los caballeros conquistadores del reino de Granada. También fue el caso de los convertidos en el período mudéjar previo a la conversión general36, siempre bajo la premisa de que una conversión a tiempo garantizaba mercedes

––––––––   29   ––––––––

y mantenimiento de una posición privilegiada -lo que Galán Sánchez definió bajo el concepto «colaboracionismo»37-.

Lo que pretendemos con esta aportación no es analizar la imagen que proyectaba el morisco, sino que queremos mostrar el papel que desempeñaba ese morisco en el tablero del juego institucional castellano. Y para ello, qué mejor modo que acudir a la necesidad que tuvieron los vencedores de recurrir a esos presuntos felones y falsos cristianos. La ocasión estuvo en el desarrollo de los numerosos procesos judiciales que se abrieron a comienzos del siglo XVI, a raíz de la necesaria sistematización territorial que la incorporación del reino de Granada a Castilla trajo consigo. La antigua «tierra de nadie» fronteriza precisó de un deslinde claro entre los diferentes concejos de ambas vertientes con el fin de estructurar perfectamente el sistema de jurisdicción concejil. Y no sólo eso: en el mismo seno del reino granadino, la inexistencia de este esquema organizativo y la obligación de adaptarse a él, desató el encuentro entre los distintos poderes que allí se daban cita (llámese concejos realengos o señores) para delimitar territorialmente sus jurisdicciones. Este hecho convirtió a los moriscos en piezas clave de ese juego institucional, del que, por otra parte, tanto desconfiaban38, pero siempre expuestos a los vaivenes de la confluencia y choque de intereses de los cristiano-viejos.

El desarrollo de estos pleitos fue diverso, y la valla de los testimonios de quienes habían participado activamente en el reino nazarí abre puertas insospechadas para el conocimiento de la historia y organización fronteriza e institucional granadina anterior a la conquista, como ya se ha realizado en diversas ocasiones, tanto por historiadores como por arabistas y filólogos39. No vamos a incidir en esta cuestión, ya bien conocida, dando paso de forma concreta a nuestro objeto de análisis.


Las razones para recurrir al testimonio morisco

La mayoría vencedora, minoría en el caso almeriense frente a la mayoría vencida morisca, por poner un ejemplo, se vio forzada a adaptar y contener la imagen peyorativa que el morisco, en sentido genérico, tenía para el cristiano viejo, puesto que debía compaginar el odio visceral y el desprecio con la necesidad de contar con sus

––––––––   30   ––––––––

testimonios. Esta necesidad se creó pasados unos años de dominio castellano, ya acabada la etapa mudéjar. Son muy extraños los pleitos abiertos en esta década postrera del siglo XV, y aún más escasa la precisión de sus testificaciones40. La obligación por parte de los distintos poderes, de realengo o señorío, de recurrir a pruebas orales con garantías jurídicas fue la razón básica para que un grupo contemplado como de «condición inferior»41 participase en la dinámica institucional de los vencedores. Hay que tener en cuenta que el tiempo y el recuerdo eran factores determinantes para el desarrollo de un sistema procesal basado en las probanzas orales, donde, además, las pruebas escritas válidas brillaban por su ausencia. Por ello, los moriscos más ancianos se convirtieron en los más valiosos testigos. El recurso a estos deponentes fue, sencillamente, imprescindible, porque eran prácticamente los únicos declarantes posibles. De haber existido la posibilidad del reclamo de individuos cristiano-viejos, la testificación morisca hubiera quedado en un segundo plano con toda certeza.

Lo interesante de esta cuestión es que el morisco, situado en una clara posición de indefensión y de miedo ante el sistema judicial castellano, que lo engañaba cuando podía42, actuaba de manera obligada, por lo que se generó una relación peculiar entre vencido y vencedor. Así, en una relación sostenida desde la primera fase repobladora, donde el cristiano viejo pertenecía al ámbito urbano, y el morisco al rural, la gradación se acentuó mucho más. En este sentido, hemos de partir de dos premisas: la primera, hemos de tener siempre presente la ya mencionada condición de testigos poco fiables, y la segunda es que estos testigos se servían de una lengua que no era la de los vencedores, hecho que unos resortes socio-institucionales ajenos a ellos utilizaban en su propio beneficio.

Por todo ello, la presión ejercida sobre el testimonio morisco por parte de quien precisó de sus «servicios» fue brutal, quedando aquél convertido en una simple marioneta en manos de intérpretes, moriscos colaboracionistas, señores y oligarcas cristiano viejos. Buen reflejo de ese control es el manejo y la manipulación de los testimonios. Por ejemplo, la familia Hurtado de Mendoza, regidores en Purchena, tenía tal cantidad de intereses en distintos lugares del Almanzora, entre ellos en Macael y Laroya, aldeas del alfoz bastetano, que uno de sus miembros, Juan de Hurtado dominaba de forma abusiva a esas comunidades. Las palabras del cura macaelense son altamente expresivas, sobre todo porque proceden de alguien vinculado a la esfera de la represión:



––––––––   31   ––––––––

El dicho Juan Hurtado a seydo y es señor absoluto de los christianos nuevos deste ryo de Val de Purchena y de otros lugares comarcanos y les manda como sy fuesen sus vasallos e aun muy mejor. E el christiano nuevo que no haze lo que le manda no le conbiene bibir en la tierra porque luego procura de buscar achaques e maneras para le destruir. E a esta causa a visto e ve este testigo que tiene el dicho Juan Hurtado tan subjetos e suprimidos los vezinos deste dicho reyno e su comarca, christianos nuevos, que no osan hazer mas de lo que le manda a la letra, aunque sea jurarlo que no vieron43.



Pero aunque el control de un posible testimonio sea evidente, lo más interesante de este asunto es que los Hurtado de Mendoza era clientes directos del marqués de los Vélez en Purchena. La lectura que podemos realizar es clara, y el alcance de los designios del adelantado de Murcia asombrosa. Queda claro que nos referimos a población ajena a sus señoríos, procedente de forma general, de concejos de realengo o aldeas pertenecientes a ellos.

Un caso similar lo tenemos en los testigos que los núcleos de Huércal y Overa, de jurisdicción lorquina, pudieran aportar a cualquier pleito, puesto que Lorca estaba muy mediatizada por los manejos políticos del marqués a través de sus profusos lazos clientelares con buena parte del regimiento. Esta cuestión, que puede parecer baladí, no lo es en absoluto cuando observamos la procedencia de los testigos en el caso, por ejemplo, del pleito que don Pedro Fajardo Chacón sostuvo con doña María de Luna, viuda del almirante de Castilla don Enrique Enríquez, a comienzos del siglo XVI por la delimitación de Orce44. Estaba claro que no podía aportar ningún testigo de sus señoríos almerienses, siendo todos de los señoríos cercanos, como Tíjola o Serón, o de aldeas bastetanas como Cúllar.

Los testigos eran buscados por los litigantes ex profeso, de tal manera que otra de las razones para la necesidad del testimonio morisco era su procedencia, como hemos mencionado. Era evidente que los enviados a procurar testigos buscaban entre lugares «amigos», e incluso otras veces se delegaba el encargo en terceras personas moriscas -alguaciles generalmente-. Si para el anterior pleito el encargado de reclamar a los testigos fue el alguacil de Orce, en el desarrollado entre Lorca y Vera, la ciudad murciana no sólo envió a uno de sus regidores, Juan Mateo, por la comarca del Almanzora y del Norte granadino -comarca de Oria-45, sino que acordó enviar al alguacil de Vélez Rubio, que entonces se encontraba en Huércal, para que regresara a la villa del marqués a procurar testigos46. Parece quedar clara la imbricación de los intereses del marqués en todo el sector de la antigua frontera oriental granadina.



––––––––   32   ––––––––

Estos indicios, en cualquier caso, por muy evidentes que sean, precisan de una confirmación documental directa, lo que vamos a obtener en el listado de los testigos que aportaba la parte de Vera en el mismo pleito. En la nómina confeccionada por la ciudad almeriense para las diligencias del proceso en 1512, podemos observar un número total de 14347, donde la mayoría son moriscos. Además, también en su mayor parte proceden no sólo de las aldeas de la «tierra» de Vera, como Antas, o de la de Mojácar -Turre-, sino de señoríos del marqués de los Vélez, como Portilla o Cuevas. También hubo testigos moriscos buscados en el ámbito del Almanzora, como Cantoria, Arboleas, Partaloa, que terminaron componiendo parte del estado señorial almeriense de don Pedro Fajardo. Y los cristiano-viejos registrados, además de la propia ciudad veratense, algunos venían de la cercana Mojácar, y lo más interesante, alguno es cliente directo del Fajardo, caso de Francisco de Godoy, escudero de la compañía del marqués, y que había recibido suertes en el repartimiento en forma de caballerías de escuderos de las guardas48. Es evidente la «presencia» de la figura del I Marqués de los Vélez tras cualquier acción de los moriscos y cristiano-viejos de esta zona.

También recurrió Vera a moriscos de Lubrín y Sorbas, por entonces recién trocadas por don Pedro Fernández de Velasco, condestable de Castilla, a don Diego López de Haro49 a cambio de las villas del Busto y la Rivilla. Y este hecho nos facilita la alusión a otro factor, y es el de la calificación subjetiva de la procedencia de los moriscos por parte de los comarcanos, es decir, la imagen concreta que los habitantes de la comarca tenían de los vecinos de los distintos núcleos. Esta identificación y generalización de virtudes o defectos llega a «perfeccionar» el ya nefasto prototipo ideográfico del morisco. Evidentemente se trataba de prejuicios muy personales, pero que llegaban a adquirir peso específico. El cura de Macael acusaba a los nuevamente convertidos de Lubrín con expresiones dignas de ser reproducidas de manera literal: «no ay en esta tierra gente mas vil que las del dicho lugar [Lubrín], e es publica voz e forma que son los mayores cornudos desta tierra». Con ser esta delación importante, nos interesa aún más la que realiza a continuación implicando su falsedad, felonía y la práctica de la vileza ya expresada: que por medio real se vendían, y lo sabía porque «oyo decir a un christiano nuevo, vezino de la villa de Alborea, que por seis maravedies que este testigo le diese, juraria que avia visto parir a una mula»50. Ya no se trataba de la escasa fiabilidad y credibilidad del morisco, en sentido genérico, sino que se ponía nombre y apellidos a los que ofrecían menores garantías.





––––––––   33   ––––––––


Moriscos, intérpretes y cristiano-viejos

Muchos eran los protagonistas de un proceso, porque junto a los letrados y los oidores y a los testigos propiamente dichos, eran los escribanos y los intérpretes quienes formalizaban el proceso y tenían en sus manos mucho más poder del que a simple vista puede otorgárseles. De hecho, fueron tan importantes en esta cuestión como el mismo morisco. El motivo es que el escribano se va a convertir en el instrumento ejecutor de las pretensiones de los poderes litigantes, es decir, instituciones o individuos cristiano-viejos, y el intérprete será el catalizador de las intenciones últimas de esos mismos pleiteantes.

El escribano51 utilizaba elementos y fórmulas fijas, propias del recurrente discurso jurídico, en la reproducción de los testimonios, tales como la realización de las preguntas habituales del no compromiso de los testigos con las partes. En el pleito entre el marqués de los Vélez y doña María de Luna se recogía el formulismo de si fue «sobornado, corruto o atemorizado o dadivado»52, así como si preferían la victoria legal de algún querellante y si habían cobrado algo por su testimonio. Con todo, lo más interesante es la manera unilateral de referirse a la guerra de conquista, aludiendo a ella, según el presunto testimonio morisco como «cuando se gano esta tierra de moros», nada verosímil en boca de los vencidos. Presumimos que aquellos individuos testificantes no hubieran estado muy satisfechos con esa fórmula, de haberla entendido, claro está; volveremos sobre esta cuestión más adelante. No obstante, los escribanos sí repetían determinadas lexías complejas para salvaguardar la legalidad en los procesos, aunque fuera de manera nominal. Es el caso del comienzo de la reproducción de los testimonios, escribiendo: «e que lo que dixo [el testigo] por boca de los dichos ynterpretes es lo siguiente». La responsabilidad legal la dejaban enteramente en manos de los traductores, excusando así cualquier tipo de carga ante posibles apelaciones de las partes. Con todo, y circunscrito al ámbito de la toponimia, es muy interesante la reproducción habitual de los lugares tanto en su nombre castellano como árabe: tal topónimo que en arábigo se dice de tal forma. Son numerosísimos los casos que podríamos indicar aquí, procedentes de los distintos pleitos analizados. Este hecho es más corriente cuanto más cercano estaba el pleito a los comienzos del siglo XVI, diluyéndose conforme avanzó el siglo. De todas maneras, hacia 1550 aún podemos encontrar este tipo de fórmulas, sobre todo en las zonas de mayor presencia morisca, como el Almanzora53. No pensemos que esa mitigación en

––––––––   34   ––––––––

la recogida bilingüe de los topónimos reflejaba una posible aculturación de la mayoría monolingüe morisca, sino que es muy probable que los escribanos comenzasen a eludir esas cuestiones, retomadas durante la realización de los libros de apeo y repartimiento de la década de 1570.

El intérprete es, si cabe, mucho más interesante de analizar. Su relación con el morisco es intensa desde el principio. El conocimiento de su lengua y costumbre, así como su posible pertenencia al propio grupo de nuevamente convertidos, los hacía cómplices directos de los designios pretendidos por los vencedores; en ese caso, sí podemos hablar sin complejos de colaboracionistas, ya que se prestaron a aquellos juegos y farsas procesales de falsificaciones y compra de testimonios. El intérprete conocía profundamente la idiosincrasia de ambas comunidades, y se identificaba plenamente con los intereses de los cristiano-viejos, a quienes servía y por quienes había sido contratado. La necesidad de contar con traductor es venía impuesta por el nulo conocimiento de la lengua castellana por parte de la inmensa mayoría de la población morisca54. Proliferaron, pues, los antiguos ejeas o lenguas fronterizos, que eran antiguos trajineros o almayares, e incluso médicos conversos de judíos, ya castellanizados. Podríamos pensar en ellos como personajes casi anónimos, que cobraban su salario preceptivo y cumplían calladamente con su tarea de traducción. Pero esto no fue así en absoluto, puesto que mucho era el poder que tenían en su mano. En el pleito entre el marqués de los Vélez y Baza por los límites entre Oria y Cúllar, en 1535, encontramos la recusación del intérprete de la parte del Fajardo, Bernardino de Zúñiga, vecino de Purchena y de condición morisca, en estos términos:

Al interprete de la parte contraria, esaminando sus testigos, le vido haçer muchas señales e dar del pie y del codo para que dixesen lo que quería. E lo pasó [el recusador] e disimuló55.



En ese mismo pleito tenemos algún que otro ejemplo acerca del aleccionamiento verbal de los testigos56, pero hemos escogido este hecho porque la reproducción gráfica

––––––––   35   ––––––––

que podemos imaginar de lo que está escrito es magnífica. Suponemos al intérprete gesticulando y advirtiendo con leves puntapiés y codazos a los testigos para que no se saliesen del guión propuesto; la imagen del ensayo de preguntas y respuestas nos asalta de inmediato. Evidentemente, tenía que disimular ante el paso de la parte contraria habida cuenta la más que posible recusación por la acción inductora a los testigos. Lo más destacable es que esta práctica estaba más que generalizada, y los intérpretes eran los primeros que convenían con partes y testificantes precios y condiciones de la testificación. Estos traductores llegaban a conocer de forma aproximada a algunos testigos, bien por la coincidencia de ambos en algún otro proceso, bien porque en realidad, no eran un grupo tan numeroso como para que los individuos que se movían en el mismo ámbito no se conocieran, aunque fuera ligeramente. Éste es el caso de Alonso Laubini, morisco vecino de Lúcar, quien, ante lo contradictorio de su testimonio, es advertido por Bartolomé de Ayala, intérprete de la parte de doña María de Luna en el pleito con el marqués de los Vélez, de la siguiente manera:

Mira lo que dizes, que heres un buey57.



Ciertamente, sobran las palabras. Este hecho nos da paso a otra cuestión, y es que este testigo terminó siendo invalidado por los intérpretes de ambas partes y, finalmente, por el juez. Es interesante destacar que no era inusual que hubiese más de un intérprete en estos procesos, debido a que cada litigante, como no podía ser de otra forma, quería tener su propio traductor para evitar posibles, o más bien seguros, manejos de las partes.

En cualquier caso, el papel del traductor fue perdiendo protagonismo. No pensemos que se debió a que la civilización vencedora impuso sus criterios lingüísticos en la población morisca, sino al hecho de que muchos de los poderosos moriscos de los diferentes lugares sí aprendieran el castellano, con el fin de preservar sus privilegios y condición, a la par que se diferenciaban progresivamente de su pueblo, a imagen y semejanza de lo que había hecho su aristocracia -reiteramos el concepto colaboracionista para estos casos-. Esta situación propició la despreocupación de la Corona porque el común vencido lo aprendiera de una manera real. Sencillamente no se involucró en la cuestión lingüística, a excepción de la promulgación de la pragmática de prohibición de 1526, aplazada hasta 1566, y que tuvo en las disposiciones posteriores a 1571 en el conjunto de Castilla el reflejo de esa política de inmersión lingüística58. Los escribanos que no entendían no se preocupaban de aprender: les correspondía a los otros esa acción, visto siempre desde su perspectiva de grupo vencedor. Y cuando no había

––––––––   36   ––––––––

entendimiento había abuso. Esa es la razón del recelo tradicional de los moriscos hacia los resortes institucionales castellanos.

En las vísperas de la rebelión, a pesar de que muchos alguaciles incluso desconocían la lengua e incluso firmaban en arábigo aún -muy pocos ante la inmensa mayoría analfabeta, como los propios castellanos-, el árabe se contemplaba como un lenguaje cargado de traición. Cualquier texto podía guardar maquinación y conjura, al modo de mensaje cifrado. Por ello no era de extrañar que no sólo las autoridades civiles fueran las encargadas de perseguir la tenencia de libros aljamiados o textos sueltos -hecho que hizo desaparecer incontables documentos-, sino que ya la Inquisición se había puesto sobre el asunto.




Y depone de edad CXVIII años

Con esta fórmula, los escribanos registraban los primeros datos, tras el nombre, del testigo morisco. Normalmente, sobre todo en los primeros años del siglo XVI cuando la fecha de la conversión forzada ha sido muy reciente, se especifica también el nombre anterior al bautismo.

La debilidad social del morisco, como pueblo vencido, es lo que lo convertía a los ojos de los vencedores en un elemento relativamente fácil de manejar, tal y como lo hemos podido comprobar, respondiendo a una idea clara de lo que esperaba el cristiano viejo del testimonio del morisco. Pero hemos de tener en cuenta también la postura que asume el propio individuo, inmerso en ese juego institucional. Cabe, llegado este momento, cuestionarse diversas preguntas básicas, como qué pensaba el morisco que esperaba de él el cristiano viejo, o qué esperaba ganar el mismo individuo testificando, para finalmente contestarnos qué pensaba en último término el morisco.

La verdadera baza del morisco, y, por lo tanto, su valía como testigo, era la edad. De forma habitual, aquellos que procuraban los testificantes buscaban un tipo concreto: hombre, de edad avanzada, y de crédito reconocido para no ser recusado por la parte contraria. Los años que aparecen en el título de este apartado no se han inventado: corresponden a la edad real específica para Gómez Fajardo59, vecino de Huércal, por el escribano, en el listado que recoge los testigos presentados por Vera en el pleito con Lorca por el campo huercalense en 1512. Lo normal es que la edad media de los testigos sea de sesenta a setenta años, no siendo extraña la presencia de individuos con ochenta, noventa e incluso con cien años. Y lo que es más, esa edad se intensifica mediante distintos procedimientos, como son las fórmulas tradicionales de que «memoria de hombre no ha en contrario», o con la escalada de decenas de años remontando

––––––––   37   ––––––––

la antigüedad del testimonio («de veinte, treinta, cuarenta, cinquenta y mas»), e incluso confirmando el valor de la senectud con alusiones a que lo habían oído a ancianos del lugar aquello que se quería testificar.

Asimismo, el crédito personal de los individuos también se vigilaba. Una recusación en una buena tacha de testigos realizada por la parte contraria, podía echar por tierra las posibilidades de ganar el proceso. Ya mencionamos con anterioridad el problema generado por la idea, falsa o no, que se tenía de algunos pueblos y comunidades60. Por otra parte, existían determinados individuos con mala fama, como Francisco de Benavides, morisco bastetano, del que se decía que era «el honbre de menos crédito que ay en Baça»61, algunos grupos tenían gran reputación, como los antiguos ballesteros de monte, de quienes decía Alonso Laubiní como confirmación a una respuesta suya que «lo oyo dezir a viejos e a vallesteros de monte, los quales en aquel tienpo, heran onbres de mucho crédito entre moros»62. Ésa puede ser la razón de que muchos testigos se declaren ballesteros de monte en la etapa nazarí; tenemos incluso el caso de un apellidado Ramí (ballestero en árabe) en el pleito entre Lorca y Vera por Huércal63. Todo esto nos lleva a plantear otra cuestión: la calidad concreta de cada testigo.

Muchos de los deponentes habían desempeñado un papel activo, de carácter militar, durante la etapa fronteriza y la guerra de conquista. Son testigos numerosos, en todos los pleitos (de hecho son los que mayor información aportan al historiador para reconstruir la historia nazarí y la frontera castellano-granadina), pero que, si atendiéramos a las palabras que los escribanos reproducen de lo que presuntamente les decía el intérprete, creeríamos que habrían estado a disgusto con sus acciones bélicas siendo musulmanes, y que la conquista por los Reyes Católicos representó una auténtica liberación. Hemos de suponer, y esto es sencillamente una cuestión de sentido común, que las alusiones a «cuando la tierra se ganó de moros» son formulismos generados por el escribano que, no lo olvidemos, sí pertenecía al grupo que había ganado la guerra, y que el morisco o bien no llegaba a enterarse realmente de lo que quedaba reflejado en el escrito -lo que sería más que probable-, o bien que aceptaba el juego procesal con el fin de que su participación activa militar contra los cristianos en un pasado reciente no surtiera ningún tipo de represalia más específica. Nos decantamos por la primera posibilidad, habida cuenta que en el seno del propio grupo morisco, gozarían de un prestigio parecido al que tenían los héroes castellanos.

Por otra parte, también conviene destacar que el mismo grupo morisco recurría en ocasiones su desconocimiento de la lengua y las leyes castellanas para justificar su ausencia en los pleitos o la negación a participar en el sistema judicial castellano, tal y como lo refiere Cabrillana para el caso almeriense64. En este sentido, y ante un prendamiento

––––––––   38   ––––––––

de un vecino morisco, Huércal se dirigió a Lorca aludiendo que: «nosotros somos christianos nuevos inorantes de las leyes»65, y por lo tanto, no se responsabilizaban de los posibles desmanes a consecuencia del hecho. La cuestión pone de manifiesto muy claramente la escasa voluntad de colaboración de buena parte del grupo ante el juego institucional castellano.

Algunos moriscos sí colaborarían de buen grado. No tenemos una frase específica que nos lo indique, pero sí indicios claros que así parecen confirmarlo. Nos centramos en el pleito entre Lorca y Vera de 1511. El caso de Pedro de Alloça es modélico. Era alguacil de Huércal, y fue presentado como testigo por Lorca. Había recibido por parte de la Corona el alguacilazgo vitalicio, disfrutado hasta su muerte66, y gozaba de una muy buena posición económica en el contexto de su grupo67. Era evidente que el apoyo del testigo propuesto por Lorca tanto en su calidad como morisco principal, como por su pertenencia a una de las aldeas dependientes de la ciudad murciana, lo hacía precioso para los objetivos procesales del regimiento lorquino.

En otro orden de cosas, y de forma más prosaica, el testigo morisco también esperaba su recompensa por participar en el juego procesal. De forma habitual, solían cobrar un pequeño estipendio para compensar su ausencia de las labores cotidianas. En ocasiones se estipulaba de oficio, quedando contemplado el salario diario normal de un hombre -«un jornal»-, un real en el caso del pleito entre doña María de Luna y el marqués de los Vélez68, comida, cama y posada. En último término, esto era lo que realmente ganaba, en todos los sentidos, el morisco que testificaba. Ni el cristiano viejo agradecía el servicio, que bien pensaba que para eso pagaba y que para eso había ganado una guerra, ni esperaba más tampoco. Era un reflejo claro de su posición superior como grupo vencedor. El morisco, pensamos, únicamente esperaba como mal menor que el roce con la justicia y las instituciones castellanas, y con los choques de intereses entre poderes castellanos, en los enfrentamientos políticos entre casas nobiliarias, oligarquías locales, etc., fuera lo más liviano posible, con el fin de no sufrir aún más una presión que por momentos se hacía insostenible, ya en las vísperas de las Navidades de sangre.





Anterior Indice Siguiente