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21

Es estamento que incluye una gran cantidad de individuos: «del excesivo número de religiosos se quejan todos los tratadistas de la época. Es imposible dar cifras exactas. El cronista de Felipe III y Felipe IV, Gil González Dávila, cifraba en 100.000 el número de eclesiásticos propiamente dichos que existían en España en 1623; de ellos 70.000 regulares y 30.000 seculares. El moderno historiador eclesiástico, Vicente de la Fuente, nos habla, en cambio, de 200.000. Según Hamilton, hacia 1660 pertenecían al clero unas 180.000 personas. A comienzos del reinado de Felipe IV, una estadística de Laborde arroja 125.000 religiosos, 478.000 nobles ociosos y 276.000 servidores de éstos. Según Sancho de Moncada, la tercera parte de la población de España era de eclesiásticos, entrando en ella religiosos y religiosas, clérigos, beatas, terceros y terceras, ermitaños y gente de voto de castidad». Cit. por Juan Reglá en la Historia de España y América dirigida por Vicens Vives, Barcelona, 1961, tomo III, págs. 266-267. En adelante citaré simplemente Reglá.

 

22

Reglá, pág. 307. El mismo autor señala que «en las Cortes de Madrid de 1621 el procurador por Málaga Mateo Lisón señaló los males que aquejaban al país y, entre ellos, "los perjuicios de tantas fundaciones y capellanías, y tanta acumulación de bienes raíces en el brazo eclesiástico". En 1626, cuando se trató de establecer una contribución única, se demostró que, en León y Castilla, 6.322.172 seglares poseían 61.196.166 medidas de tierra, es decir, 9,5 por cabeza; y 141.810 eclesiásticos 12.204.053, o sea, 86 por individuo. Las Cortes de dicho año decían de los eclesiásticos que iban metiendo poco a poco, con dotaciones, cofradías, capellanías o compras, a todo el reino en su poder, y pidieron al soberano que impidiera la acumulación en manos muertas, pues estando los bienes de la Iglesia libres de tributos, éstos recaían cada día con mayor intensidad sobre los propietarios rurales, arruinándoles» (págs. 309-310). Recordemos que, al lado de las obras pías, hay una acumulación de riqueza en la Iglesia adquirida muchas veces mediante especulaciones, y en circunstancias tales que la actuación de sus ministros queda muy lejos de las normas evangélicas: «El 5 de agosto de 1571, es decir, en vísperas de Lepanto, Felipe II encomienda al virrey [de Cerdeña] que haga todo lo posible para incrementar las superficies de siembra y, al mismo tiempo, le ordena que le comunique, para trasladarlo a Su Santidad, las crueldades que en cosas de trigos han usado los prelados desse reyno en tenerlos encerrados y no partirlos en los casos de necesidad» (Reglá, pág. 164). Doy esta última cita porque es, precisamente, lo que se le reprochará al Labrador.

 

23

Quizá sea el recuerdo de las «esposas» de la muerte lo que lleva a Alexander Parker a escribir: «She [Bauty] of course, represents Woman's purpose in the social scheme is to be wife and mother. Her vestidura, which is her physical attractiveness, is the means to marriage, by which society is given its continuity... In catholic theology marriage is a part of the virtue of Religión, it is a spiritual activity orientated towards God», op cit., pág. 113. Opinión, a mi entender, difícil de aceptar si se refiere a El Gran Teatro y lo mismo si a Calderón en general. Calderón no suele preocuparse de las madres, casi nunca las pone en escena, frente a la abundancia de padres; tampoco parece preocuparse por el problema de la descendencia a nivel biológico. En la doctrina católica el matrimonio es un sacramento, pero, como estado, es inferior no sólo a la vida religiosa, sino a la virginidad. Por último, el autor no da a elegir los papeles, los impone.

 

24

« Mundo.- Ciencia para gobernar / pide como Salomón» (v. 975-976); que remite a Reyes, I, III, 5-10.

No hay datos que permitan relacionar la tentación del Rey de teatro con la realidad particular y concreta, y ver en la reacción del Rey un ejemplo propuesto al frívolo Felipe IV, quien, en contraste con su padre, nunca fue excesivamente casto. Para algunos aspectos de las reales aficiones, ver los bienintencionados estudios de Sánchez de Toca, Felipe IV y Sor María de Agreda, 2.ª ed. Madrid, 1924; o Marañón, El Conde-Duque de Olivares, Madrid, 1936.

 

25

Todo lo que se pueda decir sobre este tema en Calderón o en cualquier otro escritor, arquitecto, filósofo, político, etc., se encontrará en el eruditísimo y excelente libro de F. Rico antes citado

 

26

Op. cit., págs. 137-138.

 

27

La salvación de este personaje, que me parece ya anecdótica, habría que basarla en consideraciones negativas: no se le puede achacar nada especial que le haga merecer el Infierno.

 

28

Vid. Leo Spipzer, La enumeración caótica en la poesía moderna, Buenos Aires, 1945; especialmente pág. 39 y sigs. Habría que añadir, únicamente, que, en la «enumeración de bazar», el elemento común, a los términos más heterogéneos, y que da sentido al conjunto, es, precisamente, el precio que, como aquí, suele ser muy bajo, e igual para todos.

 

29

Es éste, entre otros casos, lo que me impide aceptar la opinión de Valbuena Briones según, la cual en Calderón «diferentes elementos de cultura se subordinan a la ley cristiana»; en, Perspectiva crítica de los dramas de Calderón (Madrid, 1965, pág. 9). Creo que es cierta la inversa.

 

30

Ver Tomás Navarro Tomás, Métrica Española, New York, 1966, página 233 y sigs. Para el contenido ideológico del soneto, vid.: Orestes Fratoni Ensayo para una historia del soneto en Góngora, Buenos Aires, 1948.